DE ACTUALIDAD:  SIGUEN LOS CAMBIOS 

IMPORTANTES MODIFICACIONES AL DERECHO A CIUDADANÍA ITALIANA

En el último periodo han aparecido mensajes parlamentarios, resoluciones del Poder Ejecutivo, interpretaciones de los jueces y aplicación de nuevas normas por parte de los municipios italianos que limitan, restringen y acotan el derecho a transmitir la ciudadanía italiana.

A continuación, mencionamos algunos de estos cambios:

Lo que ayer era SÍ, hoy pasa a ser NO

Las sentencias No. 454 y No. 17.161 de la Corte de Casación, respaldadas por el Ministerio del Interior, modifican la interpretación del Artículo 9 de la Ley 555 de 1912.

¿Qué implican estas sentencias?

Hasta ahora, si nuestro antepasado italiano adoptaba la ciudadanía del país en el que residía (por ejemplo, Uruguay), para la ley italiana esto se consideraba una renuncia a la ciudadanía italiana. Sin embargo, se permitía transmitir el derecho a ciudadanía a su descendiente inmediato, siempre que este hubiera nacido antes de que su padre o madre adoptara la ciudadanía del país de residencia.

Con la nueva interpretación de la ley, si el italiano adopta la ciudadanía de otro país cuando su hijo es menor de 21 años (o de 18 años a partir de 1975), el hijo pierde el derecho a recibir la ciudadanía.

Ejemplo:

  • El emigrante italiano Giovanni llega a Uruguay en 1935.
  • Es padre de Piero en 1940.
  • Adopta la ciudadanía uruguaya en 1954.
  • Antes de estas sentencias, Piero podía obtener la ciudadanía italiana.
  • Con la nueva interpretación de la Corte, Piero no recibe la ciudadanía.

Juntar euros es importante, pero también limita el derecho

Aduciendo un aumento del trabajo en los municipios, los atrasos generados, la escasez de personal y la necesidad de obtener nuevos ingresos para mejorar la atención, el último presupuesto de Italia incluyó novedades:

  1. Pago por partidas de nacimiento, matrimonio o defunción
    • El presupuesto aprobado en diciembre permite a los municipios cobrar por documentos con más de 100 años de antigüedad.
    • Se estableció un precio máximo de 300 euros, aunque los municipios pueden cobrar menos.
    • Nuevo requisito: Ahora se exige mayor precisión en los datos. Antes, si no teníamos la fecha exacta de la partida de nacimiento, se podía solicitar con un rango de años. Ahora, al ir la solicitud acompañada del pago, si no se encuentra, el pago ya está efectuado.
  2. Aumento de costos en juicios de ciudadanía
    • La Circular del 16 de enero de 2025 del Ministerio de Justicia establece que la tasa para controversias sobre ciudadanía pasa de 518 euros a 600 euros por persona.
    • Antes: Se pagaban 518 euros por juicio (independiente del número de personas).
    • Ahora: Se pagan 600 euros por cada persona involucrada.
    • Ejemplo: Un juicio con 3 litigantes antes costaba 518 euros, ahora costará 1.800 euros.

Necesidad de saber la fecha en que nuestro antepasado salió de Liguria

La unificación de Italia ocurrió en abril de 1861. Antes de esa fecha, una persona nacida en un pueblo de Génova pertenecía al Reino de Cerdeña, no a Italia.

Durante años, la Región de Liguria (Génova, La Spezia, Imperia y Savona) exigía para otorgar la ciudadanía a los descendientes que el emigrante estuviera vivo en 1861, sin importar en qué país residiera. Probarlo era sencillo: se presentaba la partida de defunción y, si esta era posterior a 1861, el trámite avanzaba.

Ahora, algunos jueces han endurecido esta interpretación. No basta con demostrar que el emigrante estaba vivo en 1861, también es necesario probar que emigró después de esa fecha.

Si salió antes de 1861, emigró un ciudadano del Reino de Cerdeña, no un italiano. Por lo tanto, exigen pruebas de que el antepasado aún estaba en Italia en 1861 o después.

A estas variantes estamos enfrentados.

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